Reglamento 1170/2009: cómo asegurar la incorporación segura y efectiva de vitaminas en los alimentos

Garantizar la seguridad y calidad de los productos alimenticios es una preocupación fundamental en la Unión Europea (UE), dado el creciente consumo de alimentos enriquecidos y complementos dietéticos. Con el aumento de consumidores cada vez más preocupados por su salud y que además buscan nutrientes adicionales, se ha hecho esencial crear un marco normalizado para regular la adición de minerales y vitaminas a los alimentos.

Aquí es donde entra en juego el Reglamento (CE) nº 1170/2009, que proporciona directrices claras y garantiza que los consumidores puedan confiar en los productos que compran. Este Reglamento no solo modifica directivas anteriores, sino que también incorpora evaluaciones científicas para mantenerse al día de los avances de la tecnología alimentaria y la ciencia de la nutrición.

¿Por qué es tan importante este reglamento para la incorporación de vitaminas en los alimentos?

El Reglamento (EC) No 1170/2009 representa un marco regulador central dentro de la UE. Este reglamento delimita los tipos de vitaminas y minerales, junto con sus formas químicas aprobadas, que pueden incorporarse a los productos alimenticios, incluidos los complementos, garantizando un enfoque normalizado en todos los Estados miembros de la UE.

Listas de minerales y vitaminas permitidos en los alimentos

Un elemento central del Reglamento 1170/2009 es la armonización de las listas que detallan las vitaminas y minerales permitidos, así como sus formas específicas, que pueden añadirse a los alimentos y complementos. Esta armonización es esencial para fomentar la coherencia y la claridad en toda la UE, eliminando las discrepancias entre las normativas de los Estados miembros.

La inclusión de minerales y vitaminas en los alimentos de estas listas se basa en sus beneficios establecidos para la salud y su importancia nutricional. Cada nutriente de la lista se considera esencial para el mantenimiento de las funciones fisiológicas normales y la salud en general, lo que subyace al compromiso del reglamento de promover la salud pública.

Formas químicas de los minerales y vitaminas permitidos en los alimentos

Además, el reglamento especifica las formas químicas de cada vitamina y mineral cuyo uso está permitido. Se trata de un aspecto fundamental, ya que la biodisponibilidad y la seguridad de los nutrientes pueden variar significativamente en función de su forma química. Por ejemplo, la vitamina C puede añadirse como ácido L-ascórbico, L-ascorbato sódico o L-ascorbato cálcico, entre otras formas. Al especificar las formas aprobadas, el Reglamento 1170/2009 garantiza que solo se utilicen aquellas cuya seguridad y eficacia hayan sido validadas científicamente.

Los criterios de inclusión de una vitamina o mineral, y su forma específica, dependen de dos factores principales: la seguridad para el consumo humano y la biodisponibilidad. Solo se incluyen en la normativa las vitaminas y minerales que han sido sometidos a rigurosas evaluaciones de seguridad. Además, las formas químicas deben ser biodisponibles, lo que significa que pueden ser absorbidas y utilizadas eficazmente por el cuerpo humano.

Además, el reglamento 1170/2009 también incorpora un mecanismo para actualizar las listas de vitaminas, minerales y sus formas a medida que surgen nuevas pruebas científicas, lo que permite que el reglamento se adapte a los avances de la ciencia nutricional y a los cambios en los patrones dietéticos.

Etiquetado de los minerales y vitaminas permitidos en los alimentos

El reglamento también impone requisitos específicos de etiquetado para los productos que contienen vitaminas y minerales añadidos. Estos productos deben estar etiquetados con precisión, indicando el tipo y la cantidad de cada nutriente. Además, exige que las etiquetas identifiquen claramente las formas químicas específicas de las vitaminas y minerales utilizados. Dado que las diferentes formas de un nutriente pueden tener distintos niveles de biodisponibilidad y eficacia, esta información es crucial para los consumidores que pueden tener preferencias o necesidades de ciertas formas debido a condiciones de salud o consideraciones dietéticas.

Cumplimiento y requisitos de etiquetado de la vitamina E y la mezcla de tocoferoles en productos alimenticios

El Reglamento 1170/2009 incluye disposiciones detalladas sobre la vitamina E, en particular sobre sus diversas formas, como los tocoferoles mixtos. La vitamina E es un nutriente esencial conocido por sus propiedades antioxidantes, que ayudan a proteger las células del daño oxidativo.

El Reglamento enumera varias formas de vitamina E cuyo uso está permitido en alimentos y complementos alimenticios:

  • D-Alfa-Tocoferil Acetato.
  • Succinato de ácido D-alfa tocoferilo.
  • Succinato de ácido D-alfa tocoferilo.
  • Mezcla de tocoferoles.

Cada forma de vitamina E tiene características y beneficios únicos. Por ejemplo, las formas de acetato de tocoferilo son estables y se utilizan habitualmente en suplementos dietéticos y alimentos enriquecidos. Los tocoferoles mixtos, por su parte, proporcionan una mezcla de diferentes isómeros de tocoferol, lo que aumenta la capacidad antioxidante del producto.

Tocoferoles mixtos como fuente de vitamina E en complementos alimenticios

La EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, por sus siglas en inglés European Food Safety Authority) evaluó la seguridad y biodisponibilidad de los tocoferoles mixtos como fuente de vitamina E en complementos alimenticios. Los tocoferoles mixtos suelen proceder de fuentes naturales, como el aceite de soja, y se componen de tocoferoles alfa, beta, gamma y delta. Para etiquetar las mezclas de tocoferoles como vitamina E en complementos alimenticios, los fabricantes deben cumplir unos criterios específicos recogidos en el Reglamento 1170/2009. Estos criterios garantizan que los tocoferoles mixtos cumplen un perfil isomérico definido:

  • Mínimo de 20% Alfa-Tocoferol.
  • Mínimo de 10% Beta-Tocoferol.
  • Entre 50-70% Gamma-Tocoferol.
  • Entre 10-30% Delta-Tocoferol.

Uso de tocoferoles mixtos en complementos alimenticios

Los datos toxicológicos avalan la seguridad de los tocoferoles mixtos. Los estudios de toxicidad aguda y toxicidad subcrónica en animales no han demostrado efectos adversos incluso a dosis elevadas. Se determinó que el nivel sin efectos adversos observados (NOAEL) era de 120 mg/kg de peso corporal al día para las ratas macho y de 130 mg/kg de peso corporal al día para las ratas hembra. Sin embargo, las evaluaciones de seguridad de la EFSA se centraron en su uso en complementos alimenticios, estableciendo un nivel de ingesta superior tolerable (UL) de 300 mg/día para adultos.

Además, las investigaciones sobre la biodisponibilidad de los tocoferoles mixtos indican una absorción eficaz cuando se ingieren, como demuestra un estudio realizado en 2023 por Liu y su equipo de estudio. Esta investigación demostró que los tocoferoles de fuentes mixtas son biodisponibles y pueden conducir a concentraciones más altas de gamma y delta-tocoferoles en los tejidos en comparación con la suplementación única de alfa-tocoferol [1]. Esta mayor captación y distribución puede contribuir al mayor efecto inhibidor de la peroxidación lipídica observado con los tocoferoles mixtos. Estos puntos apoyan colectivamente la afirmación de que una mezcla de tocoferoles, debido a la mayor captación y a las distintas propiedades funcionales de los tocoferoles gamma y delta, proporciona un mayor efecto inhibidor sobre la peroxidación lipídica en comparación con el tocoferol alfa solo.

La actividad antioxidante de los tocoferoles subyace a sus efectos beneficiosos en los complementos alimenticios, apoyando la salud y el bienestar general. Además, el reglamento de la UE establece que no debe omitirse en el etiquetado la función tecnológica de los tocoferoles mixtos para preservar los productos de la oxidación.

Nutrabiol® T: tocoferoles mixtos de BTSA

Nutrabiol® T de BTSA es un concentrado de tocoferoles mixtos 100 % natural que sirve como potente antioxidante tecnológico para productos alimenticios y nutracéuticos. En concreto, es muy recomendable para estabilizar aceites, grasas, productos cárnicos, aperitivos, productos de panadería, suplementos nutricionales y productos dietéticos, incluso a bajas concentraciones.

Además, los procesos de extracción utilizados para la fabricación de este producto garantizan la preservación de la estereoquímica natural de los tocoferoles, haciéndolos idénticos a sus homólogos naturales. Estas características lo convierten en una mezcla de tocoferoles que se alinea perfectamente con el Reglamento (CE) nº 1170/2009, así como con la disponibilidad de Nutrabiol® T tanto en origen girasol como soja. Sus respectivas concentraciones de tocoferoles alcanzan el 50 % y el 90 %, lo que corresponde al producto de mayor potencia según establece el reglamento de la UE.

 

Referencias

  1. Liu, M.; Wallin, R.; Wallmon, A.; Saldeen, T. Mixed Tocopherols Have a Stronger Inhibitory Effect on Lipid Peroxidation than Alpha-Tocopherol Alone. J Cardiovasc Pharmacol 2002, 39, 714–721, doi:10.1097/00005344-200205000-00012.